(Artículo publicado el
27 de octubre de 1897 en el Diario de Tenerife)
Documentación obtenida de Jable.Archivo de prensa digital de la ULPGC
Documentación obtenida de Jable.Archivo de prensa digital de la ULPGC
Sr. D. Patricio Estévanez y Murphy
Santa Cruz
Mi apreciable amigo: he leído casualmente en su Diario de 8
de los corrientes, un artículo del Sr. Maffiotte, que me sugiere algunas
observaciones, que escribo a vuela pluma, por si acaso V. cree que de algo
sirven para esclarecer algunas noticias de las consignadas por dicho señor.
Ante todo, es digno de encomio el cuidado del Sr. Maffiotte,
de recoger todo aquello que halla referente a Canarias; sería de desear que otros muchos hijos de este
país que residen en la Península, le imitaran; pero por desgracia muy pocos son
los que se cuidan de eso.
En unos autógrafos de Núñez de la Peña he leído que el Sr.
Sancho de Herrera, señor de cinco dozavos (del señorío, no de la propiedad) de
las islas de Lanzarote y Fuerteventura, viendo que habían fallecido sus hijos
legítimos de sus dos matrimonios con Dª Catalina Escobar y con Dª Violante de
Cervantes y Sosa, se resolvió a reconocer y dejar por su universal heredera a
una hija que había tenido en Catalina de Fia, hija de Guillen de Fia que lo era
del último reyezuelo indígena de Lanzarote, que se llamó Luis de Guad al Fia.
Viera, en el tomo 4º de su conocida obra, edición de Madrid
(que es la que he visto) rectifica el error que había cometido haciendo a la
hija del D. Sancho, hija también de Dª Catalina Escobar. Dicha rectificación se
hace hablando del Convento de Lanzarote, si no recuerdo mal, o del de Fuerteventura,
a propósito de unos epitafios sepulcrales. Difiere de Núñez de la Peña en que dice
Catalina Dafra, y Peña dice de Fia.
La dicha hija; llamada Dª Constanza Sarmiento, casó con su
primo hermano Pedro Fernández de Saavedra, troncos de la casa marquesal de
Lanzarote; y como D. Agustín de Herrera (primer marqués de Lanzarote) se hizo con
once dozavos del señorío de ambas islas, es evidente que, como decía Argote de
Molina, dicho marqués y sus sucesores fueron los verdaderos señores de
Fuerteventura, y no los Saavedras, que sólo poseían un dozavo de dicho señorío.
Quizás tuviera también razón Argote al decir que su esposa
fue la verdadera sucesora del D. Agustín de Herrera; porque una vez fundado el
mayorazgo a favor de dicha señora ¿podía anularse ese documento público porque
le naciera al marqués un hijo de legítimo matrimonio?
Dicen varios papeles viejos que Argote no mintió en nada de
lo que dijo respecto a la casa llamada de Fuerteventura; y que si le ganó el
pleito don Fernando de Saavedra fue a costa de dejar por sus herederos a los duques de Lerma.
Sólo me resta ampliar otra noticia consignada en el artículo
del ilustrado Sr. Maffiotte. El capitán de caballería Diego de Mesa fue casado
en San Lucar de Barrameda; pero le sucedió lo mismo que al Señor Sandio de
Herrera, esto es, que viéndose en su ancianidad sin sucesión legítima, obtuvo
lo que entonces llamaban privilegio real
de lejitimación, á favor de dos hijos que había tenido. Nuestro cronista
Núñez de la Peña consignó eso, y menciona el protocolo donde se halla archivado
dicho privilegio, en la Orotava. También dice que de estos hijos legitimados
vienen todos los Mesas de dicha línea.
Si estas noticias lo sirven de algo, quedará
satisfecho su amigo y S.S. q. s. m. b.
R. GARCÍA RAMOS
Tacoronte, 25 de Octubre de 1897